Publicado: 14/04/2004 UTC General Por: Redacción NU

Ibarra presentó su proyecto de Código Contravencional

El jefe de Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra, presentó este jueves al mediodía en el Palacio Comunal su proyecto de Código Contravencional que, de aprobarse, reemplazará al de Convivencia Urbana. No incorpora las figuras de acecho y merodeo ni baja la edad de imputabilidad excepto en dos figuras puntuales. Sí, en cambio, establece penas especificas para cada una de las contravenciones. De las 47 figuras contempladas, en 35 se podrá aplicar el arresto
Ibarra presentó su proyecto de Código Contravencional
Redacción NU
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"Algunos iban por la no vigencia del Código Contravencional y otros por uno totalmente represivo, nosotros no estamos en ninguno de estos extremos", anticipó el jefe de Gobierno porteño como antesala al lanzamiento de su iniciativa para reemplazar el Código de Convivencia Urbana. Hecha la aclaración, Aníbal Ibarra presentó su proyecto junto al jefe de Gabinete de la Ciudad, Raúl "El Colorado" Fernández, y al secretario de Justicia y Seguridad Urbana, Juan Carlos López, en un acto realizado este jueves al mediodía en el Palacio Comunal.

La iniciativa parlamentaria, que ingresará en la tarde del jueves en la Legislatura, establece penas precisas para cada una de las contravenciones. Además, propone la creación de un instituto de reincidencia que agravará en un tercio los castigos cuando los imputados tengan antecedentes en un plazo no mayor a dos años, contabilizados desde la última condena. En caso de tener tres antecedentes, la pena de multa se sustituirá por la de arresto.

En tanto, de las 47 figuras contravencionales castigadas por el Código presentado por Ibarra, 35 prevén como pena posible el arresto, 31 la multa, 13 el decomiso de elementos, 11 la prohibición de concurrencia, 8 la clausura y 4 la inhabilitación. La graduación de las penas máximas son tres: de diez a treinta días de arresto, de cinco a quince, y de dos a diez días. En tanto, se elimina como castigo el apercibimiento.

Quizás uno de los puntos más polémicos del proyecto sea que se castiga con de dos a diez de arresto o multas a quienes, ejerciendo su derecho constitucional, corten calles sin avisar previamente al Gobierno de la Ciudad. Otro ítem que tendrá ruidosos detractores es el que restringe la prohibición de oferta de sexo en sitios públicos a lugares próximos a "viviendas, establecimientos educativos o templos", y siempre y cuando se "exteriorice inequívocamente la propuesta". Sobre este último tema, el jefe de Gobierno reconoció que no funciona el Código de Convivencia y explicó que el que mucho abarca poco aprieta.

Un aspecto novedoso de la iniciativa es que no sólo se penará a quienes cometan la contravención sino que se incluirá también a las asociaciones o empresas que instiguen a cometer la infracción o se beneficien con ella. "Este tema surgió de los empleados judiciales que se encontraban con situaciones donde el contraventor era parte de algo mucho más grande, y terminaba él castigado mientras el beneficiado real del negocio lo miraba desde la vereda de enfrente", graficó López.

El proyecto endurece las penas contra los revendedores de entradas. También se incorporan el agravante del hostigamiento por discriminación y las figuras de "ejercicio de actividades lucrativas en espacios públicos sin autorización" y de "fabricación o comercialización si autorización de artículos pirotécnicos".

Además, se propone penar a aquéllos que ingresen a lugares privados o deambulen por sitios públicos fingiendo pertenecer a una empresa, como por ejemplo los casos de aquéllos que entran a viviendas simulando ser empleados de Telefónica, Metrogas o Edesur. Sin embargo, el proyecto no incluye las figuras de acecho y merodeo, las cuales fueron la base de los extintos edictos policiales.

En tanto, se mantienen las formas alternativas de resolución de conflictos, como las conciliaciones, y se incorpora la posibilidad de que el imputado acuerde con el fiscal la suspensión del proceso bajo el compromiso de cumplir con las reglas de conducta orientadas a mitigar sus causas.

Por otra parte, se eleva de uno a dos años el plazo de prescripción de la acción y de la pena, pero se dispone que el plazo que se toma es el del requerimiento de juicio. De esta forma, se busca ampliar el plazo para llevar a un contraventor a juicio, pero evitar "una innecesaria e injusta prolongación del estado de incertidumbre del imputado", explicaron fuentes oficiales.

Aníbal Ibarra tampoco quiso bajar la edad de imputabilidad de los menores, la cual se mantiene en 18 años, excepto para las figuras de "Carreras en la vía pública" y "fuga en accidente", contravenciones que se cometen con automóviles y en las que se baja la edad a 16 años, en consonancia con la edad mínima necesaria para obtener el registro. Se trata sólo de las contravenciones de este tipo y no de delitos, por lo que su alcance es muy restringido.

En este sentido, el jefe de Gobierno explicó: "No bajamos la edad de imputabilidad porque no queremos ser incongruentes con el Código Penal".

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