Regularon la venta de alimentos en la vía pública
Hace un año el diputado porteño Atilio Alimena y la Secretaría de Gobierno y Control Comunal de la Ciudad presentaron, por separado, proyectos de ley para regular la venta de alimentos en la vía pública. De ambas iniciativas surgió un despacho parlamentario que fue aprobado este jueves, tras dos sesiones en las que, por la conflictiva Ley Seca, no había alcanzado a ser tratado. Ahora, para que su aplicación se haga efectiva, el Poder Ejecutivo deberá promulgar y reglamentar la nueva ley.
Hasta ahora, la única norma que regulaba la comercialización de alimentos y bebidas en la vía pública era una ordenanza que se refiere únicamente, y en forma confusa, a la venta de garrapiñadas, maníes y pochoclos.
El proyecto sancionado el jueves establece criterios para la venta de sandwiches calientes, de salchichas tipo viena y relleno con chacinados o cortes cárnicos; de emparedados fríos envasados en origen; y de golosinas y productos de confitería que se comercializan en la vía pública. En tanto, también prohíbe en estos ámbitos la venta de bebidas alcohólicas y establece que el resto de las bebidas y aderezos no podrán fraccionarse.
Además, en el Registro de Postulantes para Permisos de Uso que se creará a partir de la ley, se deberá garantizar el otorgamiento del 70 por ciento de los permisos a los antiguos permisionarios. El 30 por ciento restante será otorgado en forma equitativa a personas desocupadas mayores de 50 años y menores de 70, personas con distintos tipos de discapacidades y ex combatientes de Malvinas. También tendrán prioridad los actuales permisionarios.
Los permisos se darán por un plazo de un año y serán renovables solamente por una vez, por lo que quienes quieran continuar trabajando luego del segundo año deberán concursar nuevamente para adquirir la autorización estatal. Quienes quieran tener un permiso deberán acreditar dos años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires y no podrán tener a familiares de tercer grado trabajando para el Gobierno porteño. De esta manera, se intenta evitar que los punteros políticos armen una cadena de puesteros trabajando para ellos.
Para evitar que los vendedores ocupen ilegalmente espacios públicos a través de construcciones precarias es que se estableció que los puestos serán moviles y semimoviles. Además, no podrán ubicarse en la zona de seguridad de las esquinas, frente a los accesos a ferrocarriles y subterráneos, hospitales, sanatorios, institutos se enseñanza, bancos, salas de espectáculos, a menos de 10 metros de las paradas de transporte público ni a menos de 50 metros de locales permisionados por el Gobierno porteño y que expendan productos de rubros similares. A su vez, se fijó que podrá trabajar sólo un puesto por héctarea y en algunos casos uno cada dos héctareas.
"Esta problemática -afirmó Alimena- no es algo nuevo, no está centrada solamente en la crisis social y económica sino que es producto de directa responsabilidad del Estado que se ha mantenido ausente, generando, a través de distintos funcionarios y en distintas épocas políticas, bolsones de corrupción que han llevado a la demonización de la venta en la vía pública con el consiguiente sometimiento y hasta explotación de los trabajadores".
"Las decisiones pendulares que se han mantenido desde el Estado hoy llegan a su fin, dado que la presente ley establece cimientos sólidos para dar garantías y resguardo hacia toda la sociedad y hacia quienes decidan trabajar con dignidad y responsabilidad. Queda ahora que el Ejecutivo, encabezado por Aníbal Ibarra, sepa reglamentar y utilizar esta Ley como una herramienta para la resolución de los distintos problemas sociales que ha acarreado el mal uso del Espacio Público", señaló el legislador porteño.