Publicado: 15/05/2010 UTC General Por: Redacción NU

Vetos bajo reglamento

La Legislatura sesiona y aprueba leyes, pero esa ardua labor termina a veces cajoneada por vetos del Ejecutivo. Desde el PRO y la oposición prospera el tratamiento de iniciativas para que un no de Macri no se convierta en un nunca.
Vetos bajo reglamento
Redacción NU
Redacción NU

El que ríe último, ríe mejor, afirma el dicho popular, y en la organización de los Estados democráticos este saber suele estar plasmado en forma de ley. La capacidad de veto que cuentan los titulares de los Poderes Ejecutivos es muestra de que los últimos pueden tener más ventajas que los primeros. Carlos Saúl Menem hizo del veto un uso sistemático; Cristina Fernández de Kirchner también dejó muestras de la utilidad que este mecanismo tiene para frenar iniciativas de la oposición y en la Ciudad, Mauricio Macri puso su firma a algunos vetos, observando leyes que contaron incluso con el apoyo de su propio sector político.

Según la Constitución porteña, el jefe de Gobierno tiene prohibido promulgar una ley vetada parcialmente. Tanto en los casos de vetos totales como parciales, los proyectos sancionados deben volver a la Legislatura, que puede insistir en la promulgación de la ley votada si logra el apoyo de los dos tercios de sus miembros. En el caso de los vetos parciales, el Parlamento también puede aceptar el veto para finalmente, tras su publicación, lograr que el proyecto se convierta en ley.

Aunque el texto de la Constitución parece claro, en la experiencia legislativa se comprueba que esto no es así. Los numerosos vetos parciales que ha impulsado Macri y que la Legislatura no ha tratado aún (ni para aceptarlos ni para rechazarlos, insistiendo en el texto de la ley aprobada originalmente) son una muestra de que, más allá de las formas, el efecto de fondo de una observación a un solo artículo puede ser el mismo que el rechazo total de una norma. Esta situación motivó que varios legisladores porteños presentaran iniciativas destinadas a reglamentar en forma de ley, no la capacidad de vetar, sino la obligación de la Legislatura de tratar los proyectos observados.

?La falta de plazos para que la Legislatura insista en la aprobación de leyes sancionadas es una laguna jurídica que debe ser reparada?, reconoce el vicepresidente primero de la Legislatura, Oscar Moscariello (PRO), en los fundamentos de una iniciativa que busca fijar un plazo de 90 días hábiles para que el veto sea válido, dentro del período de sesiones ordinarias.

¿Pero qué ocurriría si la Legislatura no se pronuncia en el plazo de 90 días? Para el legislador macrista, en estos casos ?el proyecto se considera definitivamente vetado y el asunto no podrá ser tratado hasta que finalice el año parlamentario en el que se cumple el plazo dispuesto?.

Coincidiendo con la propuesta de establecer un período máximo de 90 días a partir del ingreso del veto por mesa de entradas de la Legislatura, pero rechazando la posición de que vencido el plazo la voz del Ejecutivo sea ley, la legisladora Diana Maffía (Coalición Cívica) propone en un proyecto de ley que ?vencido dicho plazo, el proyecto será considerado en la primera sesión ordinaria siguiente?, teniendo la Legislatura que ?expedirse expresamente?, insistiendo con el proyecto original o aceptando el veto, sea éste parcial o total.

?Frente a la ausencia de pronunciamiento expreso del cuerpo, a menudo existe una situación de expectativa ciudadana. Ello ocurre cuando la Legislatura sanciona un proyecto de ley y el Ejecutivo veta parcialmente sólo un artículo. La situación es paradójica: la Legislatura y el Ejecutivo valoran necesidades de las personas, dan respuestas comunes a esas necesidades y, sin embargo, es posible que la ley nunca tenga vigencia?, remarca la legisladora porteña en su iniciativa.

?Lo que plantea Maffía tiene lógica. Busca obligar a la Legislatura a expresarse sobre un veto, ¿pero qué pasaría si no se trata?, ¿si se cae el quórum, por ejemplo? Como está propuesto el proyecto, el expediente podría terminar reservado en secretaría, que a fin de cuentas, terminaría siendo lo mismo que lo que pasa hoy al no ser tratados los expedientes, y quedar muchas leyes pendientes de su promulgación?, señaló a NU una fuente del Ejecutivo porteño.

Con una visión diferente, un grupo de legisladores de diversos bloques opositores diseñó en el período legislativo pasado un proyecto que busca la participación de la sociedad para que el Parlamento pueda conocer la visión del ciudadano antes de pronunciarse ante una ley vetada.

?Toda vez que un proyecto de ley sancionado por la Legislatura sea vetado de forma total o parcial por el Poder Ejecutivo, el presidente o presidenta de la Legislatura deberá convocar, previo a la decisión de aceptación o insistencia por parte del cuerpo legislativo (?) a una Audiencia Pública Temática de carácter obligatoria?, expresa el proyecto firmado por Martín Hourest, Liliana Parada, Patricia Walsh, Gabriela Cerruti, Marcelo Meis, Eduardo Epszteyn y Sergio Abrevaya.

La iniciativa, que conlleva la intención de no dilatar el tratamiento con una instancia nueva, también propone que la convocatoria para la Audiencia Pública ?debe realizarse dentro de las 48 horas de la recepción del veto?.

?Como actualmente existe el peligro de que el veto sea utilizado en perjuicio de las minorías, resulta imprescindible establecer algún tipo de mecanismo que tienda a disminuir la discrecionalidad y arbitrariedad de la institución del veto. Esto puede lograrse permitiendo a los ciudadanos expresar sus opiniones previamente a que los representantes decidan sobre la pertinencia o no de la insistencia?, se señala en los fundamentos del proyecto.

Resaltando que ?los proyectos presentados buscan regular el procedimiento legislativo?, el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, Martín Ocampo (PRO), consideró ante la consulta de NU que ?el tratamiento de este tema debe hacerse en el marco de una reforma al reglamento interno? del Parlamento porteño.

?Estamos trabajando en asesores sobre el proyecto de Hourest. En ese caso entendemos que cuadra en un proyecto de resolución para la modificación del Reglamento de la Legislatura. En el caso de los proyectos de Moscariello o Maffía, entiendo que puede ser como proyecto de ley, ya que reglamenta un vacío en nuestra Constitución?, explicó Ocampo.

Y, adelantando la postura de su bloque, afirmó: ?Moscariello le da un efecto positivo al silencio del cuerpo (el veto queda firme si no se trata dentro del plazo establecido), nuestra posición política es ésa?.

De lograrse el consenso necesario entre los diversos bloques, la Legislatura podría dar un paso para lograr que el trabajo de 60 representantes del pueblo no se pierda entre expedientes marcados con una cruz por la voluntad y el puño y letra de un jefe de Gobierno, sea Macri o cualquier otro.

VETOS PARCIALES Y TOTALES

Las primeras leyes que Mauricio Macri debió considerar para su promulgación o veto fueron las sancionadas a partir de la sesión del 22 de noviembre de 2007. En los primeros dos años de Gobierno (22 de noviembre de 2007 al 7 de diciembre de 2009), de un total de 887 leyes sancionadas, 850 fueron promulgadas, 10 fueron vetadas parcialmente y 27 recibieron el veto total de Macri (el 4,17 por ciento recibió alguna observación).

Noticias Relacionadas

Más de Redacción NU