Publicado: 18/05/2009 UTC General Por: Redacción NU

Denuncias por escrito

El artículo 175 bis de la ley nacional 26.395 obliga al personal policial a recibir por escrito las denuncias que quieran ser realizadas de esa forma. Según Alicia Pierini, defensora del Pueblo porteña, esa modalidad es poco conocida en la Ciudad y su difusión podría evitar muchas demoras en las comisarías.
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Redacción NU
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La defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini, recordó a quienes realicen denuncias en la Ciudad que la ley nacional 26.395, sancionada el 6 de agosto de 2008, los habilita a presentar por escrito las denuncias penales en las comisarías. En su opinión, si esta medida fuese más difundida, se podrían evitar muchas demoras y la espera de un oficial instructor.

El artículo 175 bis reglamenta específicamente esta cuestión, obligando al personal policial a recibir el escrito, colocarle sello de recepción, número de registro y entregar copia al denunciante. Además, la norma establece que "en ningún caso se podrá rechazar la presentación de la denuncia".

"Es costumbre que cuando una persona se acerca a una comisarÍa a realizar una denuncia tenga que esperar mucho tiempo, para luego declarar ante un oficial instructor. Con esta nueva modalidad, se puede llevar escrita la denuncia y presentarla en la Comisaría", concluyó Pierini.

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