Güiraldes elevó el expediente a la Cámara Civil
Una semana después del anuncio mediático que el Jefe de Gobierno hiciera del frustrado primer aborto no punible que se realizaría en la Ciudad bajo el protocolo firmado por Jorge Lemus, los procesos legales siguen marchando.
Este jueves, después del mediodía, se conoció que el juez Miguel Ricardo Güiraldes, titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 56, hizo lugar a las apelaciones presentadas por el Gobierno de la Ciudad y por el abogado de la mujer embarazada, Pablo Vicente, contra el fallo de la jueza Myriam Rustán de Estrada, y elevó el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil para que resuelva los recursos.
Por otra parte, la Corte Suprema recibió el planteo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario para definir otra cuestión de competencia: si es ese fuero o el civil el que debe intervenir en el expediente, ya que el primer planteo se hizo ante el primero.
DE RUSTAN DE ESTRADA A GÜIRALDES
En las horas previas, la Cámara Nacional en lo Civil, mediante una decisión de Superintendencia, resolvió un conflicto negativo de competencia planteado entre los juzgados números 106 y 56, a cargo de los jueces Myriam Rustán de Estrada y Miguel Ricardo Güiraldes, respectivamente, en la causa en la que aquella magistrada suspendiera la realización de un aborto no punible en la Ciudad de Buenos Aires.
El tribunal (integrado por Beatriz Cortelezzi, Patricia Barbieri y Juan Carlos Dupuis) dispuso que el proceso quede radicado ante el Juzgado N° 56, a cargo del juez Güiraldes.
En su resolución, la Cámara indicó que ?este Tribunal de Superintendencia no puede silenciar el desconcierto que le produce el hecho que la Sra. Jueza a cargo del Juzgado n° 106 del fuero, so pretexto de una urgencia que no se desconoce, haya obviado, no obstante que la presentación fue realizada en horario judicial, el sorteo que permitiera la plena vigencia de aquella garantía. No se advierte la dificultad de esgrimir la misma premura para el inmediato cumplimiento del señalado e inexcusable trámite?.