El voto doble no es delito
Casi cinco meses después de que se difundiera una escena del recinto de la Legislatura porteña, grabada el 4 de diciembre de 2008, en la que se veía a los legisladores del PRO Silvia Majdalani y Oscar Moscariello presionando los botones del voto electrónico de dos compañeros de bloque (Cristian Ritondo y Daniel Amoroso) que se encontraban a unos metros de sus bancas, la Justicia Nacional en lo Correccional resolvió sobreseer a los diputados en una causa iniciada por el abogado Javier Miglino.
En su fallo, la jueza Ana Helen Díaz Cano, titular del Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 9, declaró la "falta de acción" en las actuaciones y por lo tanto procedió a liberar de sus acusaciones a todos los legisladores vinculados en la doble votación (Majdalani, Moscariello, Ritondo y Amoroso).
En los fundamentos del sobreseimiento, la Jueza destaca que, según lo indicado en la investigación presentada por el fiscal, en la misma "no encuentra acreditado la configuración de un quehacer delictual que pueda ser atribuido a los denunciados". Por lo tanto, aunque reconoce que "la práctica desplegada no es la deseable a la luz del buen funcionamiento de las instituciones", no considera que se haya cometido un delito.
El fallo también reconoce que dependerá de la misma administración del organismo legislativo el decidir si corresponde o no una sanción para los diputados, debido a que se trata de una "conducta inusual" y no de un crimen.
Por ello, voceros de la Legislatura indicaron que en sus acciones no hubo ni fraude ni dolo ni malicia, amparándose en el hecho de que ninguno de los diputados presentes, ni siquiera Aníbal Ibarra quien testificó en la indagación haber presenciado "el movimiento raro realizado por los diputados", pidió la reconsideración del voto.
Para concluir, las mismas fuentes refirieron a antecedentes, en otras sesiones, de actos similares a aquel por el cual fue acusado en el recinto, "determinando una especie de 'uso y costumbre' utilizado sólo en casos de diputados presentes en el recinto". "Los hechos han demostrado que ha habido en ese proceder una evidente desprolijidad, por el poco apego a las formas procedimentales, pero no puede deducirse de ello que haya habido en nuestra actitud un acto de corrupción", concluyó.
De ahora en más, sobre la Junta de Ética de la Legislatura recaerá toda la responsabilidad de "juzgar" el accionar de los diputados PRO. Tal vez el fallo judicial siente jurisprudencia también, en sede administrativa.