Guerra judicial por la Penal Juvenil: el GCBA apeló la sentencia
El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires presentó una apelación contra el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien declaró inconstitucional para un caso concreto un artículo de la nueva Ley de Régimen Penal Juvenil. La norma, aprobada por el Congreso en marzo de 2026, redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal.
De acuerdo con la resolución recurrida, la magistrada sobreseyó a un adolescente de 14 años imputado por su presunta participación en un intento de robo y dispuso, además, la intervención de organismos locales de protección de derechos. En ese marco, se ordenó activar mecanismos de acompañamiento y seguimiento vinculados a la situación personal del joven.
Al frente del planteo estuvieron el fiscal coordinador Mauro Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil. Además de cuestionar la decisión judicial, solicitaron el apartamiento de la jueza De Marinis de la causa, argumentando que el fallo presenta defectos en su fundamentación.
Uno de los reproches más fuertes fue el que realizó el fiscal general adjunto Eduardo Riggi, quien sostuvo que la jueza habría tratado la edad de 16 como si se tratara de un “derecho adquirido”, en lugar de una definición legal que podía ser modificada por el Congreso. También se señaló que, según la crítica, la sentencia habría apoyado su conclusión en la vulnerabilidad del adolescente y en circunstancias del hecho para invalidar la norma.
En la causa por el intento de robo ocurrida el 10 de septiembre, un hombre de 47 años fue abordado en la vía pública por un grupo de jóvenes, que según la investigación intentó sustraerle bienes. La víctima logró escapar y pedir ayuda a un policía en servicio, y el adolescente identificado en el expediente con las iniciales M.I.A., de 14 años, fue detenido junto a otros, aunque en su caso quedó sobreseído.
La jueza justificó su decisión sosteniendo que la reducción de la edad mínima implicaba un retroceso respecto del régimen anterior y citó, entre otros, el principio de progresividad de los derechos humanos. Además, consideró el contexto familiar del adolescente, su situación educativa y necesidades de acompañamiento, y dispuso que no se continuara con la persecución penal como mecanismo central, sino la intervención de instancias de derechos de la niñez en la Ciudad para diseñar un plan específico.