Ocaña: “Esta iniciativa no es un lujo ni un privilegio, es una respuesta"
En la sesión ordinaria del jueves, la Legislatura porteña aprobó un cementerio público y un servicio de cremación para animales de compañía
Las normas prevén entierro y cremación en el Cementerio de la Chacarita, con un espacio de memoria común. Los proyectos son de autoría de los legisladores Graciela Ocaña y Emmanuel Ferrario.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la creación del Cementerio Público de Animales de Compañía y de un servicio público de cremación, con el objetivo de garantizar un tratamiento digno, respetuoso y sanitariamente adecuado de los restos. Ambas normas consideran animales de compañía a los perros y gatos domésticos, y permiten que la Autoridad de Aplicación —que definirá el Poder Ejecutivo— autorice el servicio para otras especies mantenidas lícitamente como tales.
Ocaña defendió el proyecto: “Esta iniciativa no es un lujo ni un privilegio. Es una respuesta concreta a una necesidad real”, dijo.
Cementerio de animales
• Dónde: en el Cementerio de la Chacarita y en las demás instalaciones que se habiliten. • Requisitos: certificado del veterinario que atendió al animal o examinó su cadáver, e identificación y trazabilidad de los restos hasta el entierro. Habrá registro de entierros y sistema de turnos. • Carácter optativo: los tutores podrán elegir el servicio, salvo que el animal haya muerto por enfermedades epidémicas, infectocontagiosas o zoonóticas que impliquen riesgo para la población. • Costos y acceso: aranceles de la Ley Arancelaria porteña, mucho más económicos que los servicios privados y con criterios de accesibilidad y vulnerabilidad social y atención a las organizaciones de rescate animal.
Servicio de cremación
• Prestación: estará a cargo del Gobierno porteño y funcionará inicialmente en la Chacarita, con posibilidad de ampliarse a otras instalaciones. • Modalidades: cremación conjunta o individual, con consentimiento expreso de quien esté legitimado para autorizarla. También exige certificado veterinario. • Cenizas: el retiro se fijará por reglamentación; vencido el plazo, se depositarán de oficio en el cinerario. • Turnos y costos: orden cronológico, con prioridad por razones sanitarias o zoonóticas, y aranceles de la Ley Arancelaria de la ciudad. • Gratuidad: para organizaciones rescatistas con convenios vigentes con la Ciudad; para animales sin identificación ni tutor conocido recogidos de la vía pública; y para tutores con residencia porteña en situación de vulnerabilidad social, en este caso mediante cremación conjunta.
Espacio de memoria
Ambas normas disponen un espacio de memoria común en la Chacarita para tutores y organizaciones rescatistas, con depósito de cenizas solo en el cinerario.
Graciela Ocaña también hizo hincapié en el alcance de la iniciativa: “La protección animal no termina con una campaña de vacunación, con la castración o con la sanción del maltrato. También implica acompañar a las familias cuando llega el momento de despedirse”.