Publicado: 25/09/2009 UTC General Por: Redacción NU

Entre la multa y el juicio político

La Justicia Criminal y Correccional podrá condenar o no a la jueza Rosa Elsa Parrilli por discriminación, amenazas y/o agresiones, pero será el Consejo de la Magistratura quien deberá resolver sobre la situación disciplinaria. "El Consejo debe actuar con total seriedad. Primero hay que comprobar lo denunciado. De comprobarse puede ser abordado como un proceso disciplinario o un enjuiciamiento político", describió a NU, el presidente de la Comisión de Disciplina, Gabriel Vega.
Entre la multa y el juicio político
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El ingreso al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de la denuncia penal contra la jueza en lo Contravencional y de Faltas Rosa Elsa Parrilli alteró la administrativa tarea de funcionarios judiciales abocados en estas fechas a pulir temas presupuestarios, obligándolos a activar sus conocimientos legales en lo referente a la función disciplinaria que los compete pero que en pocas ocasiones los ocupa.

El futuro de Parrilli en tanto magistrada del Poder Judicial porteño podría tomar cuatro caminos: la sanción administrativa, el rechazo de la denuncia por no encontrarse falta, o el juicio político por encontrar causas de remoción con sus consabidos dos posibles resultados (culpable o inocente).

"El Consejo debe actuar con total seriedad. Primero hay que comprobar lo denunciado. De comprobarse, se debe obrar con un sano espíritu corporativo lo que significa que el Poder Judicial debe ser el primer agraviado. Yo estoy en una institución que vela por el afianzamiento del Poder Judicial, y que, reitero, de verificarse el hecho denunciado, no debe amparar este tipo de conductas. Una denuncia de estas características el Consejo la abordará con la mayor seriedad", expresó a NOTICIAS URBANAS el presidente de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, Gabriel Vega.

La denuncia ingresó el pasado jueves al Consejo, y de acuerdo a lo establecido en la normativa podrá ser abordada desde dos ángulos: un mero proceso disciplinario -consistente en una vez comprobada una falta que implique actos que comprometan la dignidad del cargo o sean ofensivos al decoro de la función judicial-, que podría culminar con un apercibimiento o una multa de hasta el 30 por ciento del sueldo de la jueza (un juez de primera instancia tiene un sueldo básico cercano a los 10 mil pesos, y en el caso de la magistrada en cuestión por su antigüedad podría ascender varios miles de pesos); pero también podría generar un proceso de remoción mediante el juicio político.

"La Constitución de la Ciudad establece causales muy puntuales para que los jueces sean removidos, y están claramente señalados en el artículo 122, las causas son comisión de delitos dolosos, mal desempeño, negligencia grave, morosidad en el ejercicio de sus funciones, desconocimiento inexcusable del derecho o inhabilidad física o psíquica. Para que el Consejo pudiera avanzar en un proceso comprobar que se dio alguna de estas causales, que yo entiendo que son taxativas", concluyó Vega.

En los próximos 60 días, la Comisión de Disciplina deberá ratificar la denuncia, correr un traslado a la magistrada, evaluar y, de producirse alguna prueba con esos elementos, dictaminar, si correspondiera seguir un proceso disciplinario administrativo, un juicio político o la desestimación de la denuncia.

Para que Parrilli llegue a enfrentar un proceso de remoción no sólo deberá encuadrar en alguna de las causas establecidas en la Constitución, también será objeto de debate de diversos puntos de interpretación jurídica.

Una de las causales es la comisión de delitos dolosos, causa que podría encuadrarse teniendo por verdaderos los hechos denunciados ante la Justicia Criminal y Correccional Nacional (agresiones verbales, discriminación y amenazas). "En principio opino que, en respeto de las garantías, primero tiene que expedirse la Justicia sobre la comisión de un delito, y no el Consejo", expresó a NU el consejero Julio De Giovanni.

La comisión de un delito abre un debate, ya que el único poder para resolver si un ciudadano es o no culpable de un delito es el Poder Judicial y, tal competencia, excedería al Consejo ya que si el jurado de enjuiciamiento remueve a un magistrado por considerar que cometió un delito doloso, y luego la Justicia deja firme una sentencia declarando la inocencia se generaría un conflicto jurídico y político difícil de subsanar.

Pero el debate continúa. El caso de Parrilli también podría encuadrarse en otras causas de remoción como mal desempeño o desconocimiento inexcusable del derecho, claro que existen dos posturas, una que remarca que el mal desempeño o el desconocimiento es el en ejercicio de sus funciones (la jueza protagonizó los hechos cuestionados durante un trámite como ciudadana y no como magistrada), y otra visión que subraya que como la investidura de juez es permanente y no se es juez sólo de 7 a 15 horas sino las 24 horas del día, siempre estaría la persona en el ejercicio de sus funciones.

En estos días, los Consejeros analizarán qué camino tomarán, si la sanción disciplinaria administrativa o el juicio político. También existiría una tercera opción: iniciar un proceso administrativo y, en el caso que la Justicia declare la culpabilidad de la jueza en la comisión de un delito, iniciar posteriormente un proceso de remoción.

Y los debates se suman? La ley establece que una persona no puede ser juzgada dos veces por la misma causa, pero existe jurisprudencia expresada por los análisis jurídicos de Julio Maier señalando que el doble juzgamiento sólo estaría prohibido en el ámbito penal, no existiendo esta limitante en el administrativo (lo que si existe es la prohibición de iniciar sobre la misma persona y por la misma causa dos juicios políticos).

Para analizar, estudiar y resolver, los Consejeros tendrán sólo 60 días corridos. Algunos días más de los que tendrá Parrilli para diseñar su defensa.

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